LEY 11.257
Créase, en la órbita del Ministerio de Desarrollo Humano o el organismo que en el futuro lo reemplace, la Mesa de Diálogo Social. El objeto de la presente Ley es establecer políticas públicas y estrategias para garantizar el derecho a la alimentación, la seguridad alimentaria y nutricional de la población en situación de vulnerabilidad en contexto de crisis económica y social. Se deberá respetar, proteger y promover un enfoque integral del derecho humano a una alimentación adecuada, dentro del marco de políticas públicas contempladas en cada Ley del Presupuesto que apruebe la Legislatura. Funciones de la Mesa de Diálogo Social. La Mesa se reunirá al menos una vez por mes y tendrá las siguientes funciones, sin perjuicio de otras que se le puedan asignar: a) El análisis y diagnóstico de la situación alimentaria de la Provincia de Entre Ríos. b) La formulación de propuestas relacionadas a la implementación de políticas públicas que tengan por objeto garantizar la atención básica de la alimentación a través de la provisión de alimentos de calidad y la nutrición adecuada, priorizando la atención de la población en situación de vulnerabilidad social y en riesgo de subsistencia. c) Propiciar la firma de convenios de cooperación
- Fecha: 09/02/2026
- Número de ley: 11257
- Políticas Públicas