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Creación del Programa Provincial de Diabetes

Créase el Programa Provincial de Diabetes que será de aplicación en los entes públicos y privados con incumbencias en esta enfermedad y declárase de interés provincial la prevención y control de la diabetes.

Creación del Consejo Asesor de Discapacidad

Créase el Consejo Asesor de Discapacidad, en el ámbito del Instituto Provincial de Discapacidad, como órgano que favorezca el diseño de políticas públicas en la materia, como órgano consultivo con participación ciudadana y funciones de asesoramiento integral en materia de discapacidad a organismos oficiales, municipios y juntas de gobierno, y organizaciones sociales relacionadas a la temática de la discapacidad y de los derechos humanos, como a cualquier entidad que lo requiera.

Regulación del uso, comercialización y el depósito de artificios pirotécnicos

La presente ley tiene por objeto regular el uso, la comercialización y el depósito de artificios pirotécnicos en el territorio de la Provincia de Entre Ríos, cualquiera sea su clasificación.

Ley modificatoria de Ley 8.973 Defensa del Consumidor

Conforme lo establecido en el artículo 8°bis de la Ley 24.240, considérase «práctica abusiva» y contraria al «trato digno» de usuarios y consumidores en locales de acceso a la atención masiva al público.

Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas. Reglamento Orgánico Funcional

Créanse veinticuatro (24) cargos en el ámbito del Ministerio de Gobierno y Justicia, en la planta permanente de la Dirección del Registro del Estado Civil y Capacidad de la Personas, para atender la creación de nuevas oficinas del Registro Civil producto de las escisiones de las funciones anexas a los Juzgados de Paz y los Municipios.

REGULA LA INSTALACIÓN Y UTILIZACION DE VIDEOCAMARAS Y/O SISTEMAS DE CAPTACION DE IMÁGENES

La presente ley es de orden público y regula en la Provincia de Entre Ríos la instalación y utilización de videocámaras y/o sistemas de captación de imágenes, para tomar y grabar imágenes en la vía pública.

PROHIBICION DE LUCRO, GANANCIA O COMISIÓN POR LA EXPLOTACIÓN SEXUAL O EL EJERCICIO DE LA PROSTITUCIÓN DE TERCEROS.

Prohíbese en el territorio de la Provincia de Entre Ríos la instalación, funcionamiento, regenteo, sostenimiento, administración, explotación, promoción y publicidad bajo cualquier forma, de establecimientos o locales, cuando sus propietarios o administradores obtengan un lucro, ganancia o comisión por la explotación sexual o el ejercicio de la prostitución de terceros.

Creación del Programa de Financiamiento Garantido para la instalación, ampliación o mejora de parques y áreas industriales

Créase el Programa de Financiamiento Garantido para la instalación, ampliación o mejora de parques y áreas industriales en el territorio de la provincia de Entre Ríos.

Creación del Juzgado de Primera Instancia del Trabajo

Créase el Juzgado de Primera Instancia del Trabajo que tendrá jurisdicción y competencia territorial

CREACION DEL COLEGIO DE MUSICOTERAPEUTAS

El ejercicio profesional de la Musicoterapia, en toda su área de aplicación, en el territorio de la provincia de Entre Ríos, quedará sujeto a las disposiciones de la presente ley, su reglamentación y las resoluciones de los Órganos Directivos del Colegio de Musicoterapeutas de la provincia de Entre Ríos

Ejercicio profesional de Criminalística, Calígrafo Público y Accidentología Vial

El ejercicio de la profesión en Criminalística, Calígrafo Público y Accidentología Vial en todo el territorio de la Provincia de Entre Ríos, queda sujeto a lo que prescribe la presente ley, su reglamentación y el Estatuto que en consecuencia se dicte.

Creación del Consejo Asesor de Discapacidad

Créase el Consejo Asesor de Discapacidad, en el ámbito del Instituto Provincial de Discapacidad, como órgano que favorezca el diseño de políticas públicas en la materia, como órgano consultivo con participación ciudadana y funciones de asesoramiento integral en materia de discapacidad a organismos oficiales, municipios y juntas de gobierno, y organizaciones sociales relacionadas a la temática de la discapacidad y de los derechos humanos, como a cualquier entidad que lo requiera.

LEY N° 10197 – PROGRAMA DE DESARROLLO DE LA INFRAESTRUCTURA SOCIAL DE ENTRE RIOS

Créase el Programa de Desarrollo de la Infraestructura Social de Entre Ríos (PRODISER), con el objeto de promover la construcción de viviendas sociales y la ejecución de las obras y actividades conexas a las mismas, destinada a la población vulnerable, de escasos recursos y carentes de vivienda digna. Quedan comprendidos en el Programa las erogaciones destinadas a: la adquisición de los terrenos; la realización de las obras y gastos que incluyan las variables materiales tales como: paredes, techos, pisos, aberturas; los costos jurídico-notariales: tales como regularización del dominio, escrituración; la instalación de servicios básicos, tales como: agua potable, electricidad, y saneamiento.

LEY N° 635 – PROGRAMA ARQUITECTURA SOSTENIBLE

El Programa tendrá como objetivos generales: – La promoción de políticas, programas y proyectos de arquitectura, de inversión pública, mixta y privada, que resulten sostenibles y que apunten a satisfacer el derecho a la vivienda digna, a la ciudad y a un hábitat adecuado para el desarrollo humano para todos los entrerrianos. – El ahorro y el uso racional de energía en todas las fases de la construcción y utilización de obras de arquitectura. – El ahorro y uso racional de los recursos hídricos y la gestión integral de residuos en todo tipo de edificios. – La mejora de la calidad de vida de todos los entrerrianos y el cuidado de los recursos naturales para las generaciones venideras. – La disminución del impacto ambiental negativo de la construcción y utilización de edificios.

LEY N° 10521 – PROGRAMA MARCA ENTRE RIOS

Créase el Programa «Marca Entre Ríos», con el fin de promover políticas públicas orientadas a denominar el origen y promocionar los bienes y servicios producidos en el territorio provincial, ya sea para el comercio interno, nacional o internacional.
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