SISTEMA DE SEGURIDAD PUBLICA PROVINCIAL
La presente Ley establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema de Seguridad Pública Provincial en lo referido a su composición, misiones, funciones, dirección y funcionamiento, tendientes a la formulación, gestión y control de las políticas de seguridad dentro del ámbito de la Provincia del Chubut. A los fines de la presente Ley, la seguridad pública implica promover que todos los habitantes de la Provincia del Chubut gocen de las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos y garantías reconocidos, conforme las normas que los reglamentan; como así también la plena vigencia de las instituciones del sistema republicano, representativo y federal. La Seguridad Pública es competencia exclusiva y excluyente del Estado Provincial, y su vigilancia y mantenimiento es responsabilidad indelegable del Gobierno de la Provincia del Chubut, con las excepciones contempladas en el Artículo 123 de la Constitución Provincial. Se entiende por Políticas Públicas de Seguridad al conjunto de programas, planes, proyectos y acciones, desarrollados a través de las Instituciones Públicas del Estado, tendientes al logro y mantenimiento del orden público, mediante la prevención y represión de conductas antisociales dentro del ámbito de la Provincia del Chubut, con el objetivo de tutelar la vida, bienes y derechos
- Fecha: 21/09/2010
- Número de ley: 19.31
- Administración estatal